Invertir en Cine: Rentabilidad del 20% en 6 Meses (Legal y con Ventajas Fiscales)

En el panorama actual de inversión, existen opciones muy atractivas para empresas y empresarios (personas físicas con actividad económica) con beneficios que buscan optimizar su fiscalidad.
Una de las más destacadas es la inversión en deducciones fiscales a través de producciones audiovisuales, que puede generar una rentabilidad cercana al 20% en tan solo 6-8 meses, de forma totalmente legal y avalada por la legislación tributaria española.

¿Por qué existen estos incentivos?

El Estado busca fomentar el sector audiovisual nacional, que es intensivo en mano de obra y tiene una gran proyección cultural. Para ello, ha diseñado un potente sistema de deducciones fiscales que permite desgravar hasta el 30% de los gastos de producción realizados en España.

Sin embargo, muchas productoras no pueden aprovechar directamente estas deducciones, por lo que se permite que terceros inversores financien los proyectos a cambio de beneficiarse de los incentivos fiscales.

En este artículo te explico las dos formas principales de invertir en este modelo: la tradicional vía de la AIE (Agrupación de Interés Económico) y la nueva fórmula mediante contrato de financiación.

Fiscalistas, notarios y abogados todos coinciden en que es una de las inversiones más seguras y rentables que existen. De hecho, varias bancas privadas ya han empezado a paquetizar y vender este producto, pero se suelen quedar con parte de este 20% tuyo de rentabilidad. Cabe señalar que la rentabilidad se genera fiscalmente y no financieramente. 

Las dos fórmulas principales para invertir:


1. Vía Tradicional: Inversión mediante AIE

¿Cómo funciona?

  1. Se crea una AIE (Agrupación de Interés Económico) entre la productora y el inversor.
  2. El inversor entra como socio, aportando capital (por ejemplo, 100.000 €).
  3. La AIE financia una producción audiovisual.
  4. Una vez finalizada y certificada por el ICAA, la AIE genera una deducción fiscal.
  5. Esta deducción se traslada al socio (el inversor), quien la aplica en su declaración del Impuesto de Sociedades.

📈 Rentabilidad

  • Se obtiene una rentabilidad fiscal del 20% neto en un plazo de 6 a 8 meses.

✅ Requisitos

  • Ser empresa sujeta al Impuesto sobre Sociedades.
  • Tener base imponible positiva y cuota suficiente para aplicar deducciones.
  • Participar como socio, lo que implica más trámites y cierta responsabilidad jurídica.
  • Inversión mínima significativa (normalmente a partir de 50.000 € o más).

2. Nueva Modalidad: Contrato de Financiación con Cesión de Deducción Fiscal

Desde la Ley 11/2020, se introdujo el artículo 39.7 en la LIS, que permite que inversores puedan aplicar directamente deducciones fiscales generadas por productores audiovisuales, sin necesidad de entrar como socios.

¿Cómo funciona?

  1. El inversor firma un contrato de financiación con una productora o con la AIE.
  2. Aporta capital, sin ser socio ni figurar en la estructura societaria.
  3. Se acuerda la cesión del derecho a la deducción fiscal generada.
  4. Una vez obtenida la certificación fiscal y cumplidos los requisitos del ICAA, el inversor aplica la deducción como propia.
  5. Se genera un beneficio fiscal directo sin asumir riesgos empresariales.

✅ Ventajas

  • ❌ No se entra como socio → sin responsabilidad jurídica ni contable.
  • 💶 Capital mínimo desde 10.000 €.
  • 🚀 Mayor agilidad y simplicidad operativa.
  • 📊 Misma rentabilidad estimada: 20% en 6-8 meses.
  • 🧾 Validado por Hacienda (artículo 39.7 LIS).

💡 Recuerda: El límite de inversión fiscal es del 50% de la cuota íntegra ajustada del Impuesto sobre Sociedades o IRPF.


🧮 Ejemplo práctico (aplicable a ambas modalidades)

ConceptoImporte (€)
Aportación del inversor50.000 €
Deducción fiscal que recibe60.000 €
Ahorro fiscal obtenido60.000 €
Rentabilidad neta20%
Beneficio10.000€
  • El inversor paga 50.000 € para recibir una deducción de 60.000 € en su impuesto.
  • Sin riesgo de impago, porque la deducción está certificada por el Estado y aplicada directamente por el contribuyente.

💰 ¿Cuándo se realiza el desembolso?

El capital se transfiere una vez revisada la documentación y los gastos por parte de la productora. La operación se formaliza legalmente mediante contrato.

📅 ¿Cuándo me aplico la deducción?

  • En el Impuesto sobre Sociedades (IS), en el ejercicio en que se realiza la inversión.
  • En el caso de personas físicas, en la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio.

📝 Resumen del proceso para el inversor

  1. Verifica si puedes aplicar deducciones y cuánto puedes invertir (máximo 50% de tu cuota).
  2. Decide qué cantidad quieres invertir.
  3. Firma el contrato de financiación y realiza el desembolso antes del 31 de diciembre.
  4. Deduce en tu impuesto correspondiente el 120% del capital invertido al año siguiente.

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